Si eres solicitante de asilo, tienes que tener en cuenta una fecha clave, el 19 de marzo de 2025:
- Si a fecha 19 de marzo de 2025 has recibido denegación de asilo, no recurras ni en vía administrativa (recurso de reposición en el plazo de 1 mes) ni en vía judicial (recurso contencioso administrativo plazo de 2 meses) y espera el plazo de dos meses para que la resolución adquiera firmeza. A partir de ese momento, se tiene que estar 6 meses de manera irregular en España sin cotizar a la Seguridad Social, y poder solicitar la regularización según el nuevo reglamento en su disposición transitoria quinta.
- Si a fecha 19 de marzo de 2025 no has recibido denegación de asilo, tienes que esperar a que se resuelva tu solicitud de asilo, en caso de ser denegatoria, o vencimiento de la tarjeta sin renovar y estar dos años de manera irregular en España para poder solicitar la regularización por circunstancias excepcionales por razones de arraigo del nuevo reglamento.
Si necesitas regularizar tu situación en España, ponte en contacto con nosotros.

