¿En qué consiste?
Es un documento esencial para los extranjeros que decidan salir de España por un periodo inferior a 90 días y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Autorización de residencia o de estancia que tenga una fecha próxima de vencimiento.
- Autorización de residencia o de estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga.
- Pérdida o robo de la tarjeta de residencia o de estancia en España.
Requisitos y condiciones
Acreditación de la iniciación de los trámites de renovación o prórroga del título que le habilita para permanecer en España dentro del plazo legal fijado al efecto.
Cuando el extranjero acredite que el viaje responde a una situación de necesidad y concurran razones excepcionales, podrá expedirse la autorización de regreso, si se ha resuelto favorablemente la solicitud inicial de autorización de residencia o de autorización de estancia y está en trámite la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
En caso de pérdida o extravío tendrá que presentar denuncia ante la comisaría de dicho hecho y aportarlo en la solicitud de regreso a España, junto con el resto de la documentación.
Periodo de validez
- Vigencia no superior a noventa días desde la caducidad de la autorización de residencia o de estancia, si se solicita con anterioridad a dicha caducidad.
- En caso de que se solicite en un momento posterior a la caducidad de la autorización de residencia o de estancia, la autorización de regreso tendrá una vigencia no superior a noventa días desde que sea concedida.
Regreso a España
Toda Autorización de Regreso expedida por las autoridades españolas sólo será válida para efectuar su entrada por los Puestos Fronterizos habilitados españoles. Es decir, sólo puede entrar por las fronteras españolas, no por otro país ni siquiera por los países de espacio Schengen.
Normativa
Código de Fronteras Schengen, publicadas el pasado 29 de Junio de 2013 en el Diario Oficial de la Unión Europea, Reglamento UE nº 610/2013. Actual Reglamento de Extranjería RD Real Decreto 557/2011, de 20 de abril. Nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre
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